AEAT

Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.

El Código de Buenas Prácticas fue aprobado en el foro de asociaciones y colegios de profesionales tributarios el 2 de julio de 2019. ASEFIGET es una de las Asociaciones y Colegios que ha formalizado su Adhesión a dicho Código.

Normas de Adhesión

  • Podrán adherirse todos los profesionales tributarios que desarrollen toda o parte de su actividad en territorio español.
  • El profesional tributario accederá al trámite de Sede electrónica disponible en: Trámites de colaboradores sociales relacionados con el Código de Buenas Prácticas
  • El profesional tributario deberá ser asociado o colegiado de una Asociación o Colegio que haya suscrito el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales o la Adenda al Código de Buenas Prácticas de profesionales tributarios. Si perteneciera a varios, deberá elegir una Asociación o Colegio a estos efectos.
  • Habiéndose producido la adhesión, y siempre que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso del profesional tributario afectado indicado en el formulario presentado, la Agencia Tributaria publicará la relación de profesionales tributarios adheridos al Código de Buenas Prácticas en su página web.

Asociaciones y Colegios Profesionales

  • Comunicación con la AEAT.
  • Disponer de un Código Deontológico.
  • Difundir entre los asociados criterios y principios mantenidos con la AEAT.
  • Trasladar a la AEAT, cualquier incidencia por cambio legislativo o de otra índole, así como propuestas de mejora.
  • CBPT. El único requisito que un colaborador pueda adherirse es estar asociado o colegiado.

Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios

  • Aumentar la seguridad jurídica y operativa de los contribuyentes.
  • Esencial la figura del colaborador social (asesor fiscal).
  • Participación en la elaboración y modificación de los textos legales.
  • Ayudar a prevenir, combatir el fraude, la evasión y la elusión fiscal.
  • Mejorar la comunicación entre AEAT, profesionales, Asociaciones y Colegios profesionales tributarios.
  • Conducta de la administración tributaria: predecible y otorgar certidumbre y seguridad jurídica.
  • Canales de comunicación agiles y previsibles.
  • Potenciar la labor de los profesionales tributarios.
  • Los intermediarios asumirán compromisos de transparencia, responsabilidad y deontología.
  • Incrementar la seguridad jurídica y la cooperación.
  • Canal específico para los intermediarios fiscales a través de las Asociaciones y Colegios.
  • Manifestar ante AEAT su condición de persona adherida al CBPT y, además, su voluntad de agilizar la tramitación del procedimiento y reducir la litigiosidad.
  • Personalizar la atención, mejorando las funciones de la cita previa.
  • Evitar verificación presencial de documentación y evitar desplazamientos a la AEAT.
  • Publicación web personas adheridas.
  • Los contribuyentes que pidan/necesiten un asesor a través de la web se redireccionará a los adheridos.
  • Logo como profesional adherido.