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28 de enero 2010                                                                                                    Boletín informativo 

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LAS NUEVAS RELACIONES CON LA AGENCIA TRIBUTARIA• DESARROLLO DE LAS NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA 2010• ACTUALIDAD• PRIMER CURSO DE FORMACIÓN ORGANIZADO POR ASEFIGET EN TOLEDO: "LOS MEDIOS DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE FRENTE A LAS ACTUACIONES DE LA HACIENDA PÚBLICA"•JORNADA "IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO"• JORNADA "OPERACIONES VINCULADAS, APLICACIÓN PRÁCTICA"•NUEVAS BASES DE DATOS PARA LOS ASOCIADOS SIN NINGÚN COSTE ADICIONAL•CURSO SOBRE "RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES FISCALES"• ASEFIGET EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

 Las nuevas relaciones con la Agencia Tributaria: el correo electrónico

 

El pasado 19 de enero el Ministerio de la Presidencia publicaba el Real Decreto 1/2010, de 8 de enero, de modificación de determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de los tributos y de modificación de otras normas con contenido tributario. Esta normativa afecta especialmente a los deberes de información hacia la Administración y tiene como objeto  realizar algunas adaptaciones que no se llevaron a cabo en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.  Con él pretenden “el impulso a las relaciones electrónicas entre la Administración y los ciudadanos que ha supuesto la aprobación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos” por el que justifican acometer diferentes asuntos.

 

Entre ellos, establece en el Artículo 115bis, “cada Administración tributaria podrá acordar la asignación de una dirección electrónica para la práctica de notificaciones a los obligados tributarios que no tengan la condición de persona física. Asimismo, se podrá acordar la asignación de una dirección electrónica a las personas físicas que pertenezcan a los colectivos que, por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos”

 

Modifica el  Artículo  15, quedando redactado:  “Las declaraciones censales de alta previstas en el artículo 9 que deban realizar las personas o entidades para el inicio de su actividad económica, podrán realizarse mediante el Documento Único Electrónico (DUE), contemplado en la disposición adicional octava de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de sociedades de responsabilidad limitada, en aquellos casos en que la normativa autorice su uso”.

 

REAL DECRETO

 

 Desarrollo de las normas de cotización a la Seguridad Social para 2010

 

 

La Orden TIN/25/2010, publicada en el B.O.E el  12 de enero, tiene como objeto desarrollar las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

 

De esta forma, quedan fijados:

  • Los topes máximos y mínimos  para 2010    El tope máximo de la base de cotización al Régimen General será, a partir de 1 de enero de 2010, de 3.198,00 euros mensuales, mientras que el mínimo alcanzará los 738,90 euros mensuales.
  • Las bases mínimas y máximas de cotización por contingencias comunes según las categorías profesionales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  • Los tipos de cotización:

Para las contingencias comunes, el 28,30 por 100, del que el 23,60 por 100 será a cargo de la empresa y el 4,70 por 100 a cargo del trabajador. Por el contrario a las contingencias de accidentes y enfermedades profesionales  se aplican los tipos de tarifa de primas establecidas en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la disposición final octava de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, siendo a cargo exclusivo de la empresa.

 

También incluye el Régimen Especial Agrario,  el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos, Contratos de prácticas,…

 

ORDEN

 

 ACTUALIDAD
 

 

 
 PRIMER CURSO DE FORMACIÓN ORGANIZADO POR ASEFIGET EN TOLEDO: “LOS MEDIOS DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE FRENTE A LAS ACTUACIONES DE LA HACIENDA PUBLICA”.

 

Una de esas herramientas que ASEFIGET proporciona a los Asociados, son los CURSOS DE FORMACIÓN y SEMINARIOS que ahondan en los conocimientos Fiscal y Tributario y otras disciplinas afines a nuestro sector. Un espacio  de encuentro, donde contamos con la presencia de prestigiosos ponentes especialistas en la materia a tratar y donde los asistentes reciben, comentan y  valoran las últimas novedades legislativas y lo aplican a su vida diaria profesional.

 

 

Con el propósito de ampliar este servicio a diferentes ciudades y posibilitar, así, que la distancia geográfica no sea un impedimento para que los interesados en los cursos puedan asistir, hemos elaborado una línea de formación que se impartirá por distintas localidades del territorio español.

 

Por ello, Toledo inaugura el primer Curso, totalmente gratuito, que ASEFIGET, en colaboración con la Cámara de Comercio de Toledo, organizará fuera de Madrid. Éste se celebrará el día 18 de marzo de 2010 en la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Toledo y contará con la ponencia de D. Jesús Mª del Paso Bengoa. Exsubdirector General del Área Legal AEAT. Exjefe Unidad ONIF. Asesor Externo de Empresas, quien impartirá el curso “LOS MEDIOS DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE FRENTE A LAS ACTUACIONES DE LA HACIENDA PUBLICA”.

 

PROGRAMA                                     CIRCULAR                                   BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN

 

 

 

JORNADA  “IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO”

 

ASEFIGET ha organizado un curso denominado “IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO”, por el cual los asistentes podrán presenciar la explicación detallada sobre IVA. Análisis actualizado y contenido de la reforma, Documentación y contabilidad de las operaciones, Reglamento de facturación, Registro e información de las operaciones,… todo ello bajo la perspectiva de las referencias normativas actualizadas, el análisis del contenido de la reforma, la contabilidad del ciclo completo de las operaciones, y gran variedad de ejemplos compuestos por los modelos de las facturas, autofacturas y facturas rectificativas. Para ello Asefiget cuenta con la ponencia de D.Leonardo Yagüe, Economista- Socio Director de YIELD CONSULTANTS. Asesor de la Subcomisión ICAC para la reforma contable.

El curso tendrá lugar el día 2 de marzo en el Gran Hotel Velázquez

 

PROGRAMA                                                      CIRCULAR Y  BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN

 

JORNADA “LAS OPERACIONES VINCULADAS, APLICACIÓN PRÁCTICA”

 

Asimismo, ASEFIGET también organizado otra Jornada “LAS OPERACIONES VINCULADAS, APLICACIÓN PRÁCTICA”. En ella se tratarán contenidos relacionados con las partes vinculadas, normas de valoración de las operaciones, las prestaciones laborales y de servicios de los socios,  los préstamos y otras operaciones financieras con socios y administradores y los arrendamientos y transmisiones de bienes, incluyendo también procedimientos y fuentes de información para determinar el valor normal de mercado, los modelos de los contratos: cláusulas a introducir y documentación a incorporar,  la contabilidad de las operaciones, las informaciones y las notas en la memoria, los datos a incluir en el modelo 200 y en las declaraciones resumen e informativas. Dicho curso contará con la presencia de D.Leonardo Yagüe, Economista- Socio Director de YIELD CONSULTANTS. Asesor de la Subcomisión ICAC para la reforma contable y se celebrará el día 23 de marzo Gran Hotel Velázquez.

 

PROGRAMA                                                   CIRCULAR Y   BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN

Conscientes de la situación económica actual, ASEFIGET ofrece a sus asociados que quieran asistir a ambas Jornadas, un precio especial: 240 Euros.(CURSO IVA+ CURSO OPERACIONES VINCULADAS) 

   

 

 

 CURSO SOBRE "RESPONSABILIDAD DE LOS ASESORES FISCALES"

 

El próximo 11 de febrero Asefiget ha organizado un curso bajo el título “Responsabilidad de los Asesores Fiscales” y cuyo Ponente es D. Ricardo Perpiñan Girol, Abogado en ejercicio y Secretario de Asefiget, acompañado de D. Eusebio Granda Coterrillo, Vicepresidente 2º de Asefiget, como Moderador . Entre los temas a tratar  destacan, “Responsabilidad para con el cliente”, “Responsabilidad ante la Administración Tributaria”, “Responsabilidad en el ámbito Penal”, “Responsabilidad por blanqueo de Capitales”, “El Secreto Profesional”, “Jurisprudencia de interés”…

 

PROGRAMA                                                                                     BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN

 

 NUEVAS BASES DE DATOS PARA LOS ASOCIADOS SIN NINGÚN COSTE ADICIONAL

 

Desde este mismo mes, ASEFIGET ofrece a los asociados un nuevo servicio en la web. Con él todos los asociados, a través de su Área Privada de nuestra Web, podrán acceder, con las mismas contraseñas y de forma ilimitada y gratuita, a las Bases de Datos Tributaria, Laboral, Mercantil y Contable. La Asociación asumirá el coste total de este servicio, incluido para todos los asociados dentro de la cuota asociativa actual.

 

MÁS INFORMACIÓN

 

 

 

 

 

 

 ASEFIGET EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

 

Asesores Fiscales creen que el sistema impositivo es extremadamete "complicado y prolijo"

Muchos medios han sido los que han recogido la opinión de Asefiget sobre las actuaciones que la Administración está llevando a cabo desde hace unos años. Entre ellos , El Economista, Adn.es, Siglo XXI, Europa Press...  

 

Unas opiniones que la Asociación lleva emitiendo desde 2008. 

 

ASEFIGET denuncia  que   el número de funcionarios existentes en España es excesivo,  que el sistema impositivo es extremadamente complicado y prolijo, que  exige a los empresarios tal cantidad de aportación de datos, cumplimentación de medidas, expedientes informativos y de salvaguarda, sobre posibles sanciones, que le obliga a perder demasiado tiempo en dichas obligaciones, con independencia del apoyo profesional, impidiéndole, en gran medida, dedicarse a su negocio”. Sin duda, una carga administrativa que se convierte en un “un impuesto encubierto”, que lejos de ayudar a la situación económica, la está perjudicando enormemente, en la medida en que afecta a nuestro tejido empresarial- compuesto en un 97% principalmente por micro-empresas, pequeñas y medianas empresas.

 

Juan José de los Mozos, destaca que los datos sobre el número de los funcionarios son “espeluznantes”, teniendo en cuenta que la proporción de funcionarios por habitante es de 7 de cada 100 (6,84 %), por habitante con capacidad de trabajar es de  14 de cada 100 (13,90 %), por habitante trabajando (incluidos funcionarios) es  más de 17 de cada 100  (17,16 %), por habitante trabajando (excluidos funcionarios) es de, prácticamente, 21 de cada 100 (20,70 %)”.

 

Asimismo, añade que las medidas que el Gobierno está tomando, no están ayudando a que dicho tejido empresarial pueda sobrevivir a la actual situación económica, más bien todo lo contrario: pese a que la economía de este país está basada en la micro-empresa y la pequeña empresa cada día vemos cómo se reducen en número sin  que la Administración tome medidas efectivas contra ello.

 

Según la línea estudiada por ASEFIGET,sólo desde la contención exhaustiva del gasto público, la minoración de las obligaciones de información, la disminución de impuestos (IRPF, sociedades, IVA, etcétera), menos persecución de los contribuyentes (gestión) y más labor inspectora (persecución del fraude y la economía sumergida), una disminución de las cargas administrativas sobre las micro-empresas y pequeñas empresas, disminución de las cargas sociales, reestructuración profunda del mercado laboral (análisis y aproximación a las normas existentes en otros países de la Unión Europea) y dotar de seguridad al mercado”, podrá ayudar a que  la mayoría de las empresas puedan seguir con su negocio.

 

 Los Asesores rechazan que el fisco utilice solo la red

 

En las últimas semanas, el Ejecutivo ha aprobado diversas medidas fiscales. Entre ellas el Real Decreto 1/2010, de 8 de enero, de modificación de determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de los tributos y de modificación de otras normas con contenido tributario publicado el 19 de enero en el Boletín Oficial del Estado.  Por ella cada Administración  podrá acordar asignar  una dirección electrónica para la práctica de notificaciones a los obligados tributarios que no tengan la condición de persona física. Y también a las personas físicas que pertenezcan… a los colectivos… tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos”. Sobre esta base, ASEFIGET, teniendo en cuenta la Ley 11/2007,  de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, cuyo contenido consagra la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones, realiza una serie de   matizaciones que han recogido diversos medios de comunicación.

 

      Que la Administración es la que, por imperio de la Ley, debe trabajar al servicio de los contribuyentes, y no de contrario.

   Que sería ilegítimo imponer como obligación al contribuyente, empresario, profesional  o no, la comunicación por vía telemática, sea ésta del orden que sea (auto-liquidaciones, requerimientos, declarativas, etcétera).

    Que las Asociaciones empresariales deben plantear dicha imposición, en su caso, como ilegítima ante las jurisdicciones pertinentes.

     Que los medios electrónicos deben de ser un derecho de los ciudadanos, y nunca una imposición por la Administración. 

      Que, en cualquier caso, el ahorro de costes para la Administración, a fin de no crear un agravio, debería de tener un reflejo impositivo menor, que asumiera el mayor coste para el contribuyente, si no estaríamos, como ya hemos reiterado en diversas ocasiones, ante un nuevo impuesto encubierto.        

 

 

 

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