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    09 de septiembre de 2009                                                                                                                       Boletín informativo 

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 MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA•LA COMUNIDAD DE MADRID APRUEBA DIVERSAS MEDIDAS FISCALES•NUEVOS ACUERDOS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y PYMES DE LA COMUNIDAD DE MADRID• CURSO PRÁCTICO DE PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS• CONVENIO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL JUEGO• NUEVO SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA EN  PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES•

 

 Modificación del Reglamento de Extranjería

El pasado día 23 de julio entró en vigor  el Real Decreto 1162/2009 "por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por  Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre". Con él, se han introducido determinadas modificaciones en el Reglamento de Extranjería con el objetivo de adaptarlo a los nuevos procedimientos surgidos por el traspaso de esta competencia, “autorización inicial de trabajo de los extranjeros”, a varias comunidades autónomas.

 

Para ello, se establece la intervención en los procedimientos de dos Administraciones Públicas; una autonómica, “que solventará  la concesión de la posibilidad de trabajar”,  y otra estatal, “que resolverá sobre la posibilidad de que el extranjero resida en España”.  Sin embargo, los empresarios o empleadores  que quieran contratar a un trabajador extranjero sólo deberán presentar una única solicitud de autorización de residencia y trabajo.

 

Entre otras novedades, destaca la posibilidad de que la autorización de residencia y trabajo se renovase al concluir la prestación y subsidio por desempleo,  siempre y cuando el “trabajador acredite que se ha encontrado trabajando y en alta en Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro”

REAL DECRETO

 La Comunidad  de Madrid aprueba diversas rebajas fiscales

 

El pasado mes de julio la Presidencia de la Comunidad de Madrid aprobó por Ley diversas rebajas fiscales destinadas a hacer frente a la actual situación económica. La  Ley 4/2009, de 20 de julio, de Medidas Fiscales contra la Crisis Económica, establece nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

  

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

"Deducción adicional del 1 por 100 por inversión en vivienda habitual de nueva construcción".

"Deducción complementaria al tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual"

 

IMPUESTO SOBRE TRASMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

 

"Se aplicará una bonificación del 100 por 100 de la cuota tributaria gradual en la modalidad de “Actos Jurídicos Documentados”  en la formalización de escrituras que documenten determinadas modificaciones en las condiciones de préstamos y créditos con garantía hipotecaria, para posibilitar el acceso a una financiación más adecuada para la adquisición de la vivienda habitual".

 

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

“Se establece un recargo del 0 por 100 sobre las cuotas mínimas municipales del impuesto sobre actividades económicas que sean exigibles en la Comunidad de Madrid"

 

 LEY 4/2009 DE MEDIDAS FISCALES

 

 Nuevos Acuerdos para la concesión de subvenciones para  trabajadores autónomos y pymes de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha adoptado dos acuerdos que modifican la normativa establecida en el   Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de febrero de 2009 por la que se regulaba el  procedimiento de concesión directa de determinadas subvenciones destinadas a prestar apoyo financiero a los trabajadores autónomos y pymes” con el fin de mejorar su situación actual.

 

El primero de ellos tiene como principal novedad,  el aumento del importe de la subvención a trescientos puntos básicos (3 por 100) sobre el tipo de interés nominal de la financiación conseguida, frente al importe anterior de la subvención que suponía los  cincuenta puntos básicos.  Se introduce un  nuevo modelo de solicitud básico de la subvención en el Anexo I.

 

A ello también se incorpora , en el segundo acuerdo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, un nuevo Anexo, denominado ANEXO IV: Plan para el Fomento e Impulso de la Hostelería, Accesibilidad y Ahorro Energético en la Comunidad de Madrid, por el cual,  las pequeñas y medianas empresas del sector turístico de la región podrán acceder  como beneficiarios a estas ayudas.

 

 Curso Práctico de Procedimientos Tributarios

PLAZAS LIMITADAS

 

ASEFIGET ha organizado un Curso Práctico de Procedimientos Tributarios donde se impartirán conocimientos relativos a  las clases, sujetos y fases del procedimiento tributario, así como las consideraciones y normas generales. De manera específica, se detallarán  las claves del procedimiento de  gestión, de inspección de tributos y   de sanciones en materia tributaria.  También se procederá a una explicación exhaustiva de  los recursos legales de los que dispone un Asesor Fiscal ante la Agencia Tributaria.

 

Estas jornadas, con una duración de 30 horas, se realizarán los días 24 de septiembre, 1 y 22 de octubre, 5 y 19 de noviembre y 3 de diciembre  en el Gran Hotel Velázquez.

 

 

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 Convenio con la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid

 

 

Asefiget y  la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid,  han firmado un convenio de colaboración por el que los asociados podrán, por vía telemática y en nombre y representación de terceros,  presentar y realizar el pago de  las declaraciones tributarias correspondientes a los tributos cedidos a esta Comunidad Autónoma. Entre ellos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,  la Tasa Fiscal sobre el Juego ,  los Impuestos sobre la Instalación de Máquinas en Establecimientos de Hostelería Autorizados, y el Impuesto sobre Depósito de Residuos.

 

Este servicio facilitará en gran medida la labor del asociado, ya que está disponible las 24 horas del día de los 365 días del año.

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 Nuevo Servicio de Asistencia Técnica en Prevención de Riesgos Laborales

La solicitud que presentó ASEFIGET con motivo de la convocatoria de subvenciones dentro del    III PLAN DIRECTOR de Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Madrid 2008-2011, ha resultado aprobada. Por este motivo, se ha desarrollado un servicio de asistencia técnica gratuita, que ponemos a disposición de las empresas del sector, en prevención de riesgos laborales, con el  único objetivo de ofrecerle un diagnostico, totalmente gratuito, sobre la situación en materia de Seguridad y Salud y brindarle   recomendaciones  necesarias para mejorar la prevención en tu empresa.

 

 

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 BOLETÍN ANTERIOR


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